Auto Supremo AS/0256/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

3) El Auto de Vista incurre en una resolución infra petita o ex silentio porque


3) El Auto de Vista incurre en una resolución infra petita o ex silentio porque en su recurso de apelación restringida denunció incorrecta valoración probatoria de la declaración de la menor supuestamente víctima del delito por el cual se le procesa, porque el Tribunal de Sentencia la única prueba que valoró fue la declaración de la víctima, sin que se introduzca la pericia de credibilidad de tal declaración como lo es la pericia del Psicólogo Forense, al respecto los Vocales ni en el Auto de Vista y su complementario se pronunciaron al respecto dejándole en indefensión y en vulneración de los arts. 115. I, 117. II, 119 de la CPE y 8 del Pacto de San José de Costa Rica, al respecto señala que la doctrina legal establecida por el Tribunal Supremo de Justicia estableció que les prohíbe el pronunciamiento más allá de lo solicitado, pero por otro lado manda a pronunciarse sobre todos los aspectos cuestionados consecuentemente actuar en contrario es incurrir en defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, en vulneración del debido proceso, seguridad jurídica y acceso a la justicia, este aspecto lo contrasta con el Auto de Vista y señala que dicha resolución nunca resolvió este motivo de apelación el mismo que para el ejercicio de su defensa era vital a fin de permitir el renvió del proceso penal que se encontraba con violaciones a derechos y garantías constitucionales en su perjuicio que podía permitir un cambio de su situación jurídica; por lo que, el Auto de Vista actuó en contra de la doctrina legal establecida para este caso