Auto Supremo AS/0122/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2016

Fecha: 07-Abr-2016

Del marco legal expuesto, se establece que toda regla tiene una excepción, así en el

Del marco legal expuesto, se establece que toda regla tiene una excepción, así en el caso del derecho a la vacación para el trabajador, que se traduce en un descanso anual que se encuentra reconocido por las normas laborales descrita ut supra, al ser éste un derecho expectaticio que se adquiere luego que el trabajador ha cumplido el año de trabajo, debiendo hacer uso en la próxima gestión antes de cumplir la segunda. Sin embargo, cuando el trabajador es retirado de su fuente laboral antes de cumplir el año de trabajo, el empleador debe cancelar este derecho adquirido en favor del trabajador por los meses trabajados, en ese sentido es correcto lo determinado por la juez a quo como por el tribunal de alzada, pero además este derecho que es irrenunciable está consagrado en el art. 48.III de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 4 de la LGT