Al respecto se advierte, que el Auto de Vista ahora recurrido, concluyó indicando que: “del
Ahora bien, del análisis detenido de los antecedentes del proceso, se tiene que la parte recurrente denunció en su apelación restringida: 1. Falta de una debida fundamentación, indicando que la Sentencia no señalaría por qué los elementos de prueba son insuficientes para demostrar la culpabilidad del acusado; 2. Defectuosa valoración de la prueba.
Al respecto se advierte, que el Auto de Vista ahora recurrido, concluyó indicando que: “del análisis de la toda la sentencia y en la parte referida a Fundamentación Jurídica, esta contiene la debida fundamentación otorgando la valoración correspondiente a toda la prueba como consta en la Fundamentación Probatoria de fs. 403 vta. a 414 cumpliéndose con el art. 173 del CPP… porque el fundamento de la valoración de la prueba y los hechos tiene la coherencia, orden y razonamiento lógico que manifiestan certidumbre” (sic), concluyendo que no es evidente el agravio; y sobre la defectuosa valoración de la prueba, señalando que la apelación restringida no es un medio para revalorizar prueba, por lo que no puede ingresar a revisar cuestiones fácticas de la sentencia
- Por memorial presentado el 22 de septiembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación (fs
- I.1.2. Petitorio
- Pide que una vez acogido su recurso, y deliberado en el fondo se declare fundado
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante el ya mencionado Auto Supremo 732/2015-RA de 02 de diciembre, se admitió el único
- II.1. De la Sentencia
- PRMERO
- SEGUNDO
- El 15 de diciembre de 2014 (fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Por Auto de Vista 25/2015, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- III.1. Marco legal y doctrinal
- III.1.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- En definitiva, es inexcusable el deber de especificar por qué, para qué, cómo, qué, quien,
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Al respecto, la Jurisprudencia sentada por este Tribunal de casación a través del Auto Supremo
- Asimismo, determinó que la motivación debe ser d) Legítima: La legitimidad de la motivación se
- Al respecto se advierte, que el Auto de Vista ahora recurrido, concluyó indicando que: “del
- Finalmente, respecto a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba, se tiene que el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
