Auto Supremo AS/0304/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0304/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Por Auto de Vista 25/2015, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de


Por Auto de Vista 25/2015, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró improcedente el recurso de apelación restringida, consiguientemente confirmó totalmente la Sentencia apelada, con las siguientes conclusiones:

a) Respecto a la falta de fundamentación, señala que, de la revisión de toda la Sentencia y la parte referida a la fundamentación jurídica, concluyó que la misma cuenta con la debida fundamentación otorgando la valoración correspondiente a toda la prueba como consta a fs. 403 vta. a 414, cumpliéndose con el art. 173 del CPP, evidenciando coherencia, orden y razonamiento lógico entre la valoración de la prueba y los hechos.

b) Respecto a la defectuosa valoración de la prueba, estableció que la apelación restringida no es un medio para revalorizar prueba, por lo que el Tribunal de alzada no puede ingresar a considerar cuestiones de hecho o revisar la base fáctica de la sentencia, y concluye señalando que es ilegal el argumento de la parte recurrente al pretender que el Tribunal de alzada revalorice prueba, lo que violentaría el principio de Intangibilidad.
c) De otro lado señala, que los Principios que rigen la sentencia son: el Principio de Congruencia y el Principio de iura novit curia, continúa indicando que, la Sentencia en análisis respeta el principio de congruencia entre la acusación y la sentencia