Auto Supremo AS/0315/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

En su acápite relativo a la comisión del hecho punible refiere: i) Del certificado alodial


En su acápite relativo a la comisión del hecho punible refiere: i) Del certificado alodial de 27 de octubre de 2010 suscrito por el Juez Registrador de Derechos Reales, se establece que la imputada mediante escritura pública 81 de 8 de noviembre de 2007, se adjudicó de la Alcaldía Municipal de Cabezas un lote de terreno de 840 mts2 (cláusula primera de la minuta de 23 de octubre de 2010), derecho propietario que fue registrado en Derechos Reales el 13 de febrero de 2008 a horas 12:01:02; ii) El 23 de octubre de 2010, en el citado certificado alodial, consta el registro de la transferencia realizada por la imputada a favor del querellante en el que también se indica que el reconocimiento de firmas, fue de la misma fecha, lo que evidentemente se constata del acta de reconocimiento de firmas suscrito por el Notario de Fe Pública de Cabezas, provincia Cordillera Omar Rosales Garzón, quien en audiencia de juicio ratificó dicho acto jurídico; iii) También se desprende del asiento uno de gravámenes del documento alodial de referencia, la anotación preventiva de un juicio ejecutivo a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jerusalén, ordenada por el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal de la Capital, e inscrito el 7 de febrero de 2011, el mismo que fue ordenado el 23 de diciembre de 2010; y, iv) También, se constata la anotación de una sub inscripción de dominio (asiento 3), de 25 de octubre de 2011 a favor del querellante