El Auto Supremo 174/2013, fue emitido dentro de un proceso por delitos contra el honor,
El Auto Supremo 174/2013, fue emitido dentro de un proceso por delitos contra el honor, ante la denuncia de que el Tribunal de alzada admitió un recurso de apelación restringida que no cumplía con los requisitos de admisibilidad, lo que determinó inclusive un fallo ultra petita, porque incorporó disposiciones supuestamente vulneradas que nunca fueron objeto de impugnación en el recurso, en consecuencia, el Tribunal de alzada tan solo verificó el cumplimiento del requisito formal del plazo y no hizo referencia ni dio cumplimiento a la segunda parte del art. 408 del CPP. En ese contexto, el Tribunal de casación estableció que el Tribunal de alzada, incumplió su obligación de efectuar juicio de admisibilidad conforme lo establecen los arts. 407, 408 y 399 del citado Código. Emitiéndose la siguiente doctrina legal aplicable:
“A tiempo de interponer un recurso, es obligación del recurrente cumplir los requisitos formales, que son a la vez que un instrumento, un filtro que evita que un instituto procesal concebido para proveer justicia se desnaturalice y se convierta en un medio dilatorio del proceso
- Por memorial presentado el 7 de julio de 2015, cursante de fs
- I. 1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 10/2014 de 25 de agosto (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- 1) El recurrente, previa mención del art
- 2) Por otra parte, reclama que el Tribunal de alzada resolvió de manera ultra petita;
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista 106/2014 de 11 de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 009/2016-RA de 18 de enero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 10/2014 de 25 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- Ante el Recurso Revocatorio, se emitió la resolución administrativa 051/2009 de 10 de noviembre por
- Eddy Rojas Alcón en base a la Resolución del Tribunal de Garantías 365/2010 de 23
- El Vice-rector de la Universidad Policial “Mcal
- II.2. De las apelaciones restringidas
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público y la parte querellante, interpusieron recursos de apelación
- El Tribunal de mérito no se pronunció sobre el fundamento de la resolución de Amparo
- 2) Alega la valoración defectuosa de la prueba, según el inc 6) del art
- 3) Refiere la contradictoria fundamentación de la Sentencia, incurriendo en el art
- 4) Asimismo, se establece que la parte considerativa y la dispositiva son contradictorias, al determinar
- II.3 Del Auto de Vista impugnado
- Los recursos de apelación restringida interpuestos por las partes, resueltos por Auto de Vista 106/2014
- El Tribunal de Sentencia observó la aplicación del principio indubio pro reo,
- 2) Constituye en un caso sui generis, cuyo deber del Tribunal del Sentencia es revisar
- 3) El Tribunal de Sentencia, en la exposición de motivo de hecho, la fundamentación jurídica
- 4) Respecto al tercer agravio sobre la concurrencia del defecto previsto en el inc
- 5) Sobre el defecto previsto en el art
- Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar las denuncias
- III.1.Doctrina legal aplicable del precedente invocado
- El Auto Supremo 174/2013, fue emitido dentro de un proceso por delitos contra el honor,
- III.2. Doctrina legal
- III.2.1.Del recurso de apelación restringida, el análisis y control de admisibilidad
- El Auto Supremo 098/2013-RRC emitido por la Sala Penal Segunda, tiene la doctrina legal aplicable
- Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
- En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
- La razón del establecimiento de requisitos de acceso al recurso de apelación restringida se encuentra
- Sin embargo, la admisibilidad del recurso no puede depender de requisitos contrarios a la Constitución,
- Compete a los Tribunales Departamentales de Justicia en el marco previsto por los
- a
- b
- III.3.Análisis del caso concreto
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de Admisión del presente recurso, corresponde a
- Por lo expuesto corresponde analizar la problemática planteada en ambos motivos trayendo a consideración los
- Toda vez, que ambos motivos tienen relación a la temática del juicio de la admisibilidad,
- De la misma forma, los recursos referidos, señalan e identifican claramente la existencia de valoración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
