Auto Supremo AS/0339/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

4) En cuanto, a los motivos primero y tercero se aplica la parte in fine


4) En cuanto, a los motivos primero y tercero se aplica la parte in fine del art. 399 del CPP y su consideración de fondo para el segundo motivo, únicamente con relación al art. 205 del CP, como norma habilitante al art. 370 inc. 1) del CPP, refiere que las alegaciones no son evidentes, si bien se remite al Código de Comercio, en cuanto a los requisitos legales y los motivos que dieron lugar para su rechazo; empero, para subsumir al tipo penal previsto en el art. 205 del CP, se ha considerado cada uno de los requisitos que son concurrentes, debe señalarse que el cheque no fue posible efectivizar su pago, de lo que concluye que la resolución del juez de grado es fundamentada y motivada, haciendo mención que se remitió al art. 204 del CP, a efectos de considerar el quantum de la pena