Auto Supremo AS/0129/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2016

Fecha: 04-May-2016

Respecto a los días y horas hábiles, el art

Respecto a los días y horas hábiles, el art. 91 del citado Código Procesal Civil, establece que: “I. Son días hábiles para la realización de actos procesales todos aquellos en los cuales funcionan los juzgados y tribunales del Estado Plurinacional. II. Son horas hábiles las correspondientes al horario de funcionamiento de las oficinas judiciales; sin embargo, tratándose de diligencias que deban practicarse fuera del juzgado, serán horas hábiles las que medien entre las seis y las diecinueve horas”; en concordancia con lo establecido en el art. 123 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que señala como días hábiles de la semana para labores judiciales, de lunes a viernes