Que el Auto de Vista recurrido, sería carente de fundamentación y motivación, no habría señalado
Que el Auto de Vista recurrido, sería carente de fundamentación y motivación, no habría señalado sus razonamientos en normas legales y fundamentalmente no se habría pronunciado sobre los fundamentos del recurso de apelación, resolución que se tornaría en un Auto de Vista de hecho y no de derecho; en ese sentido, al confirmar la sentencia, no habría analizado, valorado y aplicado en su verdadera magnitud el art. 28 de la Ley No 2341, para determinar una supuesta infracción por el periodo 2007, extremo que habría sido objeto de reclamo por la empresa, en pleno ejercicio de sus derechos consagrados en el art. 16.a), d), e), f) y h) de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); en segundo lugar, no existiría norma legal que termine e imponga la sanción del 10% impuesta, aspecto que no se habría explicado del porque se les impondría la sanción del 10%, agravios que habrían sido denunciados, presentado prueba oportunamente, como la certificación MP-DGAJ-GOB 0340/2012 extendida por la gaceta oficial de Bolivia, misma que serían irrefutables sobre el total desconocimiento e inexistencia legal de la Resolución Administrativa No. 03-058-91 de 31 de octubre de 1991, base legal de la determinación de la sanción, aspecto que no habría sido analizado, considerado y pronunciado en derecho por el Auto de Vista recurrido, sin efectuar la actividad intelectiva del sistema de la sana crítica sobre la prueba conforme señalaría el art. 81 del CT; en ese sentido, no se habría respetado los principios básicos y garantías constitucionales de legalidad y del debido proceso
- Demandada: Distribuidora Mayorista de Computadoras S.A
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- I. 3. Motivos del recurso de casación
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Que el Auto de Vista recurrido, sería carente de fundamentación y motivación, no habría señalado
- Por otra parte, el Auto de Vista recurrido, habría incumplido con el mandato del art
- Finalmente señaló que, el art
- Casación en la forma
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo y en la forma, en
- En relación al recurso de casación en la forma
- El reclamo radica en concreto, sobre la falta de pronunciamiento del Tribunal de Alzada, que
- En ese sentido, el Auto de Vista recurrido, si bien no existe una fundamentación ampulosa;
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- En relación al recurso de casación en el fondo
- En relación a que el Auto de Vista recurrido, sería carente de fundamentación y motivación,
- En ese sentido, el tribunal de Alzada, al confirmar la sentencia, bajo los fundamentos normativos
- En consecuencia la sanción o multa impuesta del 10% y 3% por la entidad gestora,
- Firmado
