Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:
1) Alega el recurrente que se violaron su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, así como el principio de actividad procesal defectuosa, previstos por los arts. 167 y 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no haberse dado cumplimiento al art. 361 tercer párrafo del CPP; puesto que, si bien es evidente que el día y hora de audiencia de juicio se dio lectura íntegra de la Sentencia; sin embargo, no se le entregó la copia correspondiente a objeto de darle el tiempo suficiente para preparar una apelación sostenida, y recién se le notificó en forma escrita el 5 de octubre de 2015, es decir, luego de veinte días corridos. Y el Tribunal de alzada le respondió señalándole que de conformidad a lo establecido por el art. 408 del CPP, el recurso de apelación restringida se debe interponer por escrito, en el plazo de quince días de notificada la Sentencia, es decir, que el término para la presentación del recurso no corre desde el momento de la lectura íntegra de la Sentencia, sino desde que las partes son legalmente notificadas con la misma, expuesta en escrito, y se les entrega la copia correspondiente, quedando claro que el apelante contaba con los quince días para preparar su recurso de apelación a partir del momento en el que se lo notificó y entregó copia de la Sentencia, teniendo el tiempo establecido en la norma para hacerlo, no siendo evidente la vulneración alegada. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 281/2013 de 26 de junio
- Por memorial presentado el 16 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jhonny Pérez Paco, formuló recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 9 de marzo de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Además de lo relatado, afirma que la declaración de la menor no es corroborativa de
- Por lo referido, concluye que la base de sustentación de la Sentencia es inocua y
- Invoca los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005, 562 de 1 de
- Respecto de las denuncias descritas, el Tribunal de alzada señaló lo siguiente: a) El apelante
- Reitera en calidad de precedentes los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005,
- 4) Sostiene que oportunamente reclamó, que la fundamentación de la Sentencia fue insuficiente y contradictoria,
- Denuncia vulneración de lo preceptuado por el art
- 5) Conforme se tiene de la Sentencia confutada, en cuanto a la fundamentación de la
- Concluye manifestando que al haber sido declarados improcedentes los motivos primero y segundo (inciso a),
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de las denuncias contenidas en los motivos descritos precedentemente,
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
