Auto Supremo AS/0388/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2016-RA

Fecha: 24-May-2016

Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios:

1) Alega el recurrente que se violaron su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, así como el principio de actividad procesal defectuosa, previstos por los arts. 167 y 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), al no haberse dado cumplimiento al art. 361 tercer párrafo del CPP; puesto que, si bien es evidente que el día y hora de audiencia de juicio se dio lectura íntegra de la Sentencia; sin embargo, no se le entregó la copia correspondiente a objeto de darle el tiempo suficiente para preparar una apelación sostenida, y recién se le notificó en forma escrita el 5 de octubre de 2015, es decir, luego de veinte días corridos. Y el Tribunal de alzada le respondió señalándole que de conformidad a lo establecido por el art. 408 del CPP, el recurso de apelación restringida se debe interponer por escrito, en el plazo de quince días de notificada la Sentencia, es decir, que el término para la presentación del recurso no corre desde el momento de la lectura íntegra de la Sentencia, sino desde que las partes son legalmente notificadas con la misma, expuesta en escrito, y se les entrega la copia correspondiente, quedando claro que el apelante contaba con los quince días para preparar su recurso de apelación a partir del momento en el que se lo notificó y entregó copia de la Sentencia, teniendo el tiempo establecido en la norma para hacerlo, no siendo evidente la vulneración alegada. Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 281/2013 de 26 de junio