La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe impregnar todos los actuados en el curso de cualquier proceso, cualquiera sea su naturaleza; por lo tanto, los sujetos procesales que acuden al Órgano Judicial en busca de la reparación de supuestas vulneraciones legales cometidas en su contra, se encuentran igualmente constreñidas a cumplir con las exigencias mínimas de exposición de los argumentos de su recurso, a efectos de permitir que este Máximo Órgano de Justicia Ordinaria pueda considerar la legalidad en la emisión del Auto de Vista. Extremo que, tal como se demostró, fue incumplido por el recurrente en la especie, quien de ninguna manera identificó el agravio cometido supuestamente por el Tribunal de alzada a tiempo de emitir el fallo ahora impugnado, sino simplemente se limitó a explicar las transgresiones supuestamente cometidas por la Sentencia, y a transcribir la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación; sin embargo, no argumenta ni explica que esa respuesta resulte perjudicial y gravosa para su situación jurídica y menos que represente algún tipo de contradicción con los precedentes citados
- Por memorial presentado el 16 de marzo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jhonny Pérez Paco, formuló recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 9 de marzo de 2016 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Además de lo relatado, afirma que la declaración de la menor no es corroborativa de
- Por lo referido, concluye que la base de sustentación de la Sentencia es inocua y
- Invoca los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005, 562 de 1 de
- Respecto de las denuncias descritas, el Tribunal de alzada señaló lo siguiente: a) El apelante
- Reitera en calidad de precedentes los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005,
- 4) Sostiene que oportunamente reclamó, que la fundamentación de la Sentencia fue insuficiente y contradictoria,
- Denuncia vulneración de lo preceptuado por el art
- 5) Conforme se tiene de la Sentencia confutada, en cuanto a la fundamentación de la
- Concluye manifestando que al haber sido declarados improcedentes los motivos primero y segundo (inciso a),
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- En ese entendido, de la revisión de las denuncias contenidas en los motivos descritos precedentemente,
- La exigencia de motivación es una garantía constitucional inmersa en la carta fundamental que debe
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
