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    Auto Supremo AS/0428/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0428/2016

    Fecha: 03-May-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución de primera instancia que es apelada por la parte demandada, mediante escrito de fs
    • En la forma
    • En el fondo
    • Acusa aplicación indebida de los arts
    • Acusa que el Auto de Vista impugnado contendría disposiciones contradictorias, porque no habría identificado el
    • Por los fundamentos referidos y advertidos que la autoridad de segunda instancia habría incurrido en
    • Legalmente notificada la demandante con el memorial de recurso de casación; señala que el
    • Además señala no ser un simple capricho la solicitud de división y partición como los
    • III.1.- Del art. 236 del Código de Procedimiento Civil
    • Ello significa que una vez dictada la Sentencia y si una de las partes hubiera
    • Al respecto se tiene amplia jurisprudencia emitida por la entonces Corte Suprema de Justicia, ahora
    • El presente reclamo ya fue denunciado en el recurso de apelación y ahora reiterado en
    • Sin embargo en el supuesto de haber los apelantes advertido que los fundamentos de su
    • Al efecto de la contextualización legal de los antecedentes del proceso, corresponde realizar algunas precisiones
    • Por su parte el artículo 159 del mismo Código refiere: "Art
    • De los antecedentes del mismo proceso y por las aseveraciones de las partes, se tiene
    • El artículo 167 del Código Sustantivo de la materia, señala que “Nadie está obligado a
    • De lo manifestado se tiene dos situaciones diferentes; la primera referida a los casos en
    • Por consiguiente debemos señalar que dados los antecedentes del proceso y las disposiciones legales que
    • Con referencia a que el Auto de Vista habría consignado el art
    • Con referencia a que el Auto de Vista impugnado contendría disposiciones contradictorias, porque no habría
    • Los argumentos reiterativos del presente reclamo inciden en la improcedencia del sorteo de lotes e
    • Al respecto cabe señalar que lo cuestionado sobre el sorteo ya fue absuelto en
    • Por lo manifestado corresponde resolver el recurso de casación en la forma y en fondo
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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