De la Respuesta al Recurso de Casación
De la Respuesta al Recurso de Casación:
La parte actora, responde al recurso de casación alegando que dicho recurso, conforme al timbre electrónico, fue interpuesto el 11 de junio de 2015 y toda vez que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista en fecha 25 de mayo de 2015, el mismo se encontraría fuera de plazo
La parte actora, responde al recurso de casación alegando que dicho recurso, conforme al timbre electrónico, fue interpuesto el 11 de junio de 2015 y toda vez que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista en fecha 25 de mayo de 2015, el mismo se encontraría fuera de plazo
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- De igual forma acusa que el Tribunal de Alzada al no cumplir con normas del
- Finalmente, haciendo cita a Sentencias Constitucionales, se refiere al principio de Armonía Social, a los
- Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista recurrido a los fines de
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Asimismo, acusa que la fecha de notificación fue alterada pretendido cambiar el 5 por 8,
- Finalmente, respecto a los fundamentos vertidos en el recurso de casación, refiere que tanto
- III.1.- Del cómputo de plazo para interponer Recurso de Apelación
- Sin embargo, La Ley N° 439 del Nuevo Código Procesal Civil, que fue promulgada el
- De los reclamos expuestos en el recurso de casación, se tiene que los mismos se
- De esta manera, se observa que el Tribunal de Alzada al realizar el computó para
- Finalmente, con relación a la contestación al recurso de casación, al margen de los fundamentos
- Consecuentemente, por las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo establece el
- Siendo excusable el error no se impone multa a los Vocales suscriptores del Auto de
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
