I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 476/2016 Sucre: 12 de mayo 2016 Expediente: LP-124-15-S Partes: Martha Castillo Figueroa c/ Higidio Maidana Quispe y Rosario Gutiérrez
de Maidana Proceso: Usucapión Decenal Distrito: La Paz
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 459 a 463 y vta., formulado por Martha Catillo Figueroa y el de fs. 469 a 483 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, contra el Auto de Vista Nº 662/05 de 5 de diciembre, cursante a fs. 343 y vta., y por Auto Complementario de fs. 437 y vta. de 12 de febrero de 2015, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de Usucapión Decenal, seguido por Martha Castillo Figueroa contra Higidio Maidana Quispe y Rosario Gutiérrez de Maidana; respuesta al Recurso del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz de fs. 487 a 490 y vta.; concesión de fs. 494 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Duodecimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, dictó Sentencia Nº 61/04 de fecha 18 de febrero, cursante de fs. 213 a 216, por el que se declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 11-12 vta., aclarada a fs. 14 y vta, e IMPROBADA la acción reconvencional de fs. 28 a 30, igualmente entodas sus partes. En consecuencia, se declara operada la usucapión del lote de terreno de 380 m2., de superficie, ubicado entre las Calles Menéndez y Pelayo y Final Pisiga Nro. 1 de la Zona 8 de diciembre, Alto Zopocachi de esta ciudad a favor de la actora Martha Castillo Figueroa; debiendo inscribirse su derecho propietario enla oficina del Registro de Derechos Reales; a cuyo efecto se expedirán la ejecutoriales de ley, y Auto Complementario de fs. 251 de 24 de julio de 2004
Auto Supremo: 476/2016 Sucre: 12 de mayo 2016 Expediente: LP-124-15-S Partes: Martha Castillo Figueroa c/ Higidio Maidana Quispe y Rosario Gutiérrez
de Maidana Proceso: Usucapión Decenal Distrito: La Paz
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 459 a 463 y vta., formulado por Martha Catillo Figueroa y el de fs. 469 a 483 interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, contra el Auto de Vista Nº 662/05 de 5 de diciembre, cursante a fs. 343 y vta., y por Auto Complementario de fs. 437 y vta. de 12 de febrero de 2015, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de Usucapión Decenal, seguido por Martha Castillo Figueroa contra Higidio Maidana Quispe y Rosario Gutiérrez de Maidana; respuesta al Recurso del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz de fs. 487 a 490 y vta.; concesión de fs. 494 y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Juez Duodecimo de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz, dictó Sentencia Nº 61/04 de fecha 18 de febrero, cursante de fs. 213 a 216, por el que se declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 11-12 vta., aclarada a fs. 14 y vta, e IMPROBADA la acción reconvencional de fs. 28 a 30, igualmente entodas sus partes. En consecuencia, se declara operada la usucapión del lote de terreno de 380 m2., de superficie, ubicado entre las Calles Menéndez y Pelayo y Final Pisiga Nro. 1 de la Zona 8 de diciembre, Alto Zopocachi de esta ciudad a favor de la actora Martha Castillo Figueroa; debiendo inscribirse su derecho propietario enla oficina del Registro de Derechos Reales; a cuyo efecto se expedirán la ejecutoriales de ley, y Auto Complementario de fs. 251 de 24 de julio de 2004
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por el Gobierno Municipal de La
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- 1.- Recurso de Casación de Martha Castillo Figueroa
- Que en la actualidad rige el principio de verdad material previsto por el art
- Señala las normas que sustentarían su recurso transcribiendo de manera textual y concluye en su
- En la forma
- Señala asimismo que falta motivación sobre la consulta de la Sentencia conforme al art
- 2
- Denuncia la inexistencia de Tradición de derecho propietario del demandado Higinio Maidana Quispe y Rosario
- 3
- En el fondo
- Finaliza con alternativas en su petición, primero respecto a la falta de legitimación anulara hasta
- De la respuesta al recurso de casación del Gobierno Municipal de La Paz por parte
- Aclara sobre la falta de legitimación pasiva y que por compraventa lo adquirieron los demandados,
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- USUCAPIÓN-SUJETO PASIVO
- "La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para
- Respecto a la nulidad de oficio se tiene entre otro el Auto Supremo Nº 192/2014,
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Lo anterior constreñía a la actora que pretende usucapir el bien inmueble descrito en la
- Con esos antecedentes se concluye que en el caso de Autos no se ha cumplido
- Esos aspectos debieron ser considerados por el A quo de principio en resguardo del debido
- Por otro lado, ante la evidencia de estas falencias, el Tribunal de apelación debió emitir
- En razón de lo anterior y el sustento objetivo de las deficiencias con las que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
