Auto Supremo AS/0506/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2016

Fecha: 16-May-2016

Al margen de lo manifestado cabe señalar, que conforme se tiene establecido en el punto

Al margen de lo manifestado cabe señalar, que conforme se tiene establecido en el punto III.2 de la doctrina aplicable referida a la interpretación de los contrato, misma que señala que en caso de ser ambiguo el contenido del contrato, corresponde realizar una interpretación integral de todo su contexto para su mejor entendimiento; en tal sentido no habiendo sido establecido el plazo para que los vendedores regularicen los documentos y extiendan las minutas definitivas; se tiene el riesgo o la posibilidad de que no lo hagan, es en ese entendido que la parte actora se encuentra en la inseguridad de no poder adquirir el derecho propietario de los lotes de terreno, y estando probado que los bienes se encuentran registrados a nombre de terceras personas ajenas desconocidas por los demandantes, corresponde aplicar lo dispuesto en el art. 596 del Código de Civil