Auto Supremo AS/0526/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2016

Fecha: 16-May-2016

En este antecedente se debe tener en cuenta que de la documental que corre de

En este antecedente se debe tener en cuenta que de la documental que corre de fs. 2 a 26 fotocopias legalizadas de actuados del proceso coactivo desarrollado en el Juzgado Noveno de Partido en lo Civil, (entre las mismas partes) proceso que se sustancio teniendo como documento base la Escritura Publica N° 149/2002 de 22 de agosto, proceso coactivo que culminó con la adjudicación judicial del bien inmueble en cuestión a favor de Juan Carlos Ramírez Saavedra, por escritura pública N° 29 de 23 de enero de 2008 conforme consta en el acta de inspección judicial a Derechos Reales de fs. 148 y vta., en este antecedente se tiene que emergente de la ejecución de la Escritura Publica N° 149/2002 de 22 de agosto en el Proceso coactivo señalado supra, de la cual se pretende la nulidad en el presente proceso, emergió por adjudicación judicial el derecho propietario de Juan Carlos Ramírez Saavedra, que en definitiva se vería afectado por el efecto retroactivo de la nulidad dispuesta en las resoluciones de instancia conforme se fundamentó en el punto III.2 de la doctrina aplicable; por lo que tomando en cuenta que al ser declarada la nulidad de la Escritura Publica N° 149/2002 documento base del proceso coactivo en el que se originó el derecho propietario de Juan Carlos Ramírez, este se vería afectado por los efectos de la nulidad (Sentencia) en su derecho propietario, provocándole indefensión; aspecto que debió ser analizado por los Jueces de instancia quienes omitieron este aspecto