Auto Supremo AS/0181/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0181/2016

Fecha: 27-Jun-2016

Dicha resolución motivó que el SENASIR por intermedio de sus representantes legales, presenten recurso de

I.1.3 Auto de Vista
Que, interpuesto por el asegurado recurso de apelación de fs. 157 a 159, contra la Resolución Nº 592/2015, mediante Auto de Vista Nº 010/2016 de 6 de enero, la Sala Social Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, revocó parcialmente la Resolución Nº 592/2015 de 04 de agosto, referente a la confirmación de la Resolución Nº 0000470 de fecha 6 de febrero de 2014 de fs. 98 a 99, porque la misma se refiere a la prescripción que fuera desechada por no corresponder, confirmando en lo demás.
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicha resolución motivó que el SENASIR por intermedio de sus representantes legales, presenten recurso de casación de fs.178 a 182, bajo los siguientes fundamentos:
Denuncian que el auto de vista impugnado incurre en aplicación errónea de la ley, alegando que en el segundo considerando establece que su acción para reclamar la otorgación de la renta de viudedad no habría prescrito, por lo que el recurrente sobre este punto no se encuentra dentro de lo que prescribe el art. 61 del Manual de Prestaciones de Rentas de Curso de Pago y Adquisición aprobados mediante Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997 al determinar que prescribe a los tres años de la fecha del fallecimiento del causante