El recurrente concluye solicitando casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque
Lo que en los hechos significa, que el nivel salarial para el Cargo de Asesor Legal o Profesional I era de Bs.4.270, de acuerdo a la Resolución Bi-Ministerial 008 de 21 de octubre de 2015, extremos que los de instancia han omitido pronunciarse y valorar plenamente a tiempo de emitir la Resolución A.V. N° 100/2015.
Señalando a continuación que, el salario de Bs.4.270, le corresponde como salario mensual, desde el momento de su designación hasta el momento de su alejamiento, y que la posición adoptada por el Ad quem viola los arts. 46 y 48 de la CPE y los principios que rigen la materia.
I.2.1 Petitorio
El recurrente concluye solicitando casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque el mismo de conformidad con el art. 274.4) del Código de Procedimiento Civil (CPC), por mandato expreso del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)
Señalando a continuación que, el salario de Bs.4.270, le corresponde como salario mensual, desde el momento de su designación hasta el momento de su alejamiento, y que la posición adoptada por el Ad quem viola los arts. 46 y 48 de la CPE y los principios que rigen la materia.
I.2.1 Petitorio
El recurrente concluye solicitando casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque el mismo de conformidad con el art. 274.4) del Código de Procedimiento Civil (CPC), por mandato expreso del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Una vez interpuesto el recurso de apelación por el demandado conforme se aprecia del memorial
- El recurrente inicia sus argumentos acusando la violación de los principios rectores de la materia,
- Por otra parte manifiesta el recurrente, que este principio fue establecido por el art
- Con relación al Principio Protector, señala que lo establecido en la Resolución Ministerial N° 008
- En ese mismo sentido, el recurrente acusa la mala valoración de la prueba por el
- El recurrente concluye solicitando casar el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque
- CONSIDERANDO II
- El recurso en cuestión interpuesto por Alwyn Frank Choquehuanca Troche de fs
- Al respecto, cabe señalar que la valoración realizada por el Ad quem en relación a
- Por lo expuesto y en mérito a los antecedentes y fundamentos referidos, al no haber
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
