Auto Supremo AS/0190/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2016

Fecha: 08-Jun-2016

Manifiestan que el Tribunal ad quem no ha observado lo dispuesto en el Acapite 2

Refiere que, el Tribunal no menciona el art. 3 del Decreto Ley 924 de 15 de abril.
Señalan, el Tribunal de apelación no cumple con lo dispuesto en el art. 1 de la Resolución Ministerial Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, concordante con el art. 23 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisicion.
Manifiestan que el Tribunal ad quem no ha observado lo dispuesto en el Acapite 2.5 del instructivo para la Califiación de Renta Unica en Curso de Adquisición, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 001 de 14 de enero de 1998, así como la Resolución Ministerial Nº 384 de 11 de junio de 2004, que en su art. 3 de manera expresa señala, que la recuperación de las prestaciones otorgadas por errores de calculo se realizara mediante el descuento del 20%