Auto Supremo AS/0225/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Señaló también que se incumplió con los arts

Señaló también que se incumplió con los arts. 3.h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT) que establecen la obligación de desvirtuar lo demandado, pues en el presente caso el demandado solo adjunto un detalle de los compradores de fs. 42, sin desvirtuar el certificado de trabajo que cursa a fs. 1, señalando al respecto el Auto Supremo Nº 244 de 14 de mayo de 2013