Auto Supremo AS/0233/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Agrega que a objeto de tener mayores elementos de convicción se puede verificar la Resolución

El Sr. Bernal estuvo casado en primeras nupcias con la Sra. Flora Villanueva Prado, de quien se divorció según consta a fs. 154 mediante Sentencia de 24 de septiembre de 2005 que dictó la juez del Juzgado Primero de Partido de Familia de La Paz y la cancelación de la partida matrimonial de 14 de marzo de 2006 a Fs. 157 y a fs. 88. Quedando de esta manera desvinculado de la Sra. Villanueva Prado.
Agrega que a objeto de tener mayores elementos de convicción se puede verificar la Resolución N° 57/2005 a fs. 156 donde la juez refrenda el acta de Audiencia de Medidas provisionales, documento en el cual se establece que ”…el Sr. Bernal tiene 4 hijos quienes son mayores de edad y a quienes en un acto de responsabilidad ha transferido un inmueble en la zona de San Pedro, asimismo, los esposos gozan del usufructo de dicho inmueble habiendo dado la esposa en alquiler 3 habitaciones en la suma de Bs. 900.- mi patrocinado percibe una jubilación de la Policía corre con el pago de los impuestos de inmueble, teléfono, respecto a la asistencia familiar a favor de la Sra. Mi cliente renuncia a los frutos civiles del alquiler de las tres habitaciones a favor de la esposa, por lo que no se oferta nada, la Sra. es solventada en sus gastos por sus hijos, se dedica al cuidado de los nietos, mi patrocinado ocupa solo una habitación en el inmueble”