Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0434/2016-RRC
Fecha: 14-Jun-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1.Antecedentes
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a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Eyber Bamba Real, interpuso recurso de apelación restringida
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I.1.1.Motivos del recurso de casación
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1) El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación a
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2) Denunció que no se valoró correctamente las declaraciones de los tres testigos de referencia,
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita la admisión del recurso y se deje sin efecto el Auto de
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 245/2016-RA de 21 de marzo, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
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2) Se demostró el fallecimiento de Yiovani Cruz Guzmán, acaecido el 31 de agosto de
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Según el acta de levantamiento de cadáver, se encontró al occiso en posición de cúbito
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El cadáver presentaba una herida contusa de siete centímetros de longitud, a nivel de la
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De la autopsia se evidencia signos que indican que antes de recibir los impactos de
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3) Las declaraciones de los investigadores, a pesar del transcurso del tiempo, consta de
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4) El Tribunal concluyó que existió entre Eybar Bamba Real y Juan Carlos Segovia una
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II.2. De la apelación restringida
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Una vez emitida la Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los siguientes
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Se refiere en el título de la “VALORACION DE LA PRUEBA Y OTRO DEL TRIBUNAL
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2) Alega que la Sentencia se emitió sin la debida fundamentación y motivación, al no
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3) Argumenta valoración defectuosa de la prueba y logicidad, al no valorar correctamente las contradicciones
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Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 099/2013 de 03 de abril, 208/2014-RRC y 266/2014
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Por Auto de Vista 67/2015 de 19 de octubre, la Sala Penal Segunda del Tribunal
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3) Respecto a la denuncia de carencia de debida fundamentación, el Tribunal de alzada expresa
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III.1. De la labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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El art
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Por otro, lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III
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En cuanto a esta temática, el Auto Supremo 176/2013-RRC de 24 de junio, precisó lo
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Esta fundamentación o motivación sobre la base de la sana crítica, consiste en la operación
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Siendo así que, ante la impugnación de errónea valoración de la prueba, es decir, incorrecta
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Estos criterios han sido asumidos de manera uniforme y reiterada por este Tribunal, al señalar
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El Auto Supremo 504/2007 de 11 de octubre, al distinguir la labor de los Tribunales
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Por su parte el Auto Supremo 277/2008 de 13 de agosto, entre otros, precisó que:
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En la misma línea, el Auto Supremo 200/2012-RRC de 24 de agosto, expresó que:´Es necesario
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Conforme los argumentos expuestos y lo dispuesto por el párrafo tercero del art
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En este planteamiento, el recurrente invoca el Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero,
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El supuesto fáctico que dio lugar al precedente desarrollado, referido principalmente a la incompetencia
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El Auto Supremo 200/2012-RRC de 24 de agosto, fue dictado dentro de un proceso penal
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El precedente desarrollado, referido a que el Tribunal de alzada revalorizó la prueba para cambiar
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También el recurrente invocó el Auto Supremo 229/2012 de 27 de septiembre, pronunciado dentro de
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El precedente invocado por el recurrente, no resulta aplicable al caso concreto, debido a que
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Por último, se invoca el Auto Supremo 176/ 2013-RRC de 24 de junio, que determinó
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Por otra parte, el Tribunal de alzada precisó que no podía aludirse que la Sentencia
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Esta precisión de los razones asumidas por el Tribunal de alzada para desestimar los reclamos
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Función de control que se la hizo de manera escueta y comprensible, pero suficiente, si
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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