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    Auto Supremo AS/0436/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0436/2016-RA

    Fecha: 14-Jun-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 24 de marzo de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • De la revisión de los memoriales de los recursos de casación interpuestos por Fabiana Colque
    • 3) Refieren que los vocales se limitaron a realizar una referencia y transcripción de la
    • 4) Hacen alusión al Auto Supremo 237 de 17 de octubre de 2008, para argumentar
    • 5) Indican que la Resolución impugnada, habría establecido que se hubiera detectado vicio insubsanable de
    • 6) Refieren que la falta de fundamentación del Auto de Vista, conllevó la vulneración de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos, se establece que el 17 y 18 de marzo de
    • Respecto a los motivos tercero, cuarto, quinto y sexto, se observa por una parte que
    • En mérito a lo señalado precedentemente, el art
    • Consiguientemente, el Tribunal de Casación, sólo puede resolver recursos que impugnen Autos de Vista que
    • Por tanto, en el caso de Autos, se advierte que el Tribunal de alzada, resolvió
    • En ese orden, respecto a los motivos primero y segundo, los recurrentes alegan que, el
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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