Auto Supremo AS/0746/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0746/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Por Auto de Vista Nº 55/2015 de fecha 24 de junio de 2015 de fs


3.- no se condena al pago de los daños y perjuicios demandados accesoriamente por ambas partes.

Por Auto de Vista Nº 55/2015 de fecha 24 de junio de 2015 de fs. 843 a 851 el Tribunal Ad quem, CONFIRMA la Sentencia, bajo los siguientes fundamentos – que se llega a la conclusión que la sentencia pronunciada se ajusta a lo que dispone la norma legal antes citada toda vez que está resolviendo con relación a lo pretendido en la demanda de nulidad de documentos de fs. 117 a 131 vta. Plateada por Trifón Andrade Cruz y demanda reconvencional de reivindicación y restitución de inmueble planteada por Luis Torrez Rivera en su calidad de presidente la Cámara Departamental de la pequeña industria CADEPIA y Franz Miranda Rodríguez y con relación a las excepciones planteada planetas por el demandante en contra de la demanda reconvencional por lo que concluye que no se puede considerar a la sentencia como incongruente