Auto Supremo AS/0761/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0761/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En ese contexto, se tiene que conforme se expuso en el punto III

En ese contexto, se tiene que conforme se expuso en el punto III.1 de la doctrina aplicable, el vicio de incongruencia acusado por el Banco Nacional de Bolivia resulta evidente y trascendente, toda vez que el Auto de Vista recurrido no contiene la fundamentación y motivación referente a la problemática de fondo del proceso (demanda de fs. 172 a 176 vta.), que también fue acusado en apelación, que en esencia se centra en el hecho de determinar si el matrimonio celebrado en el extranjero, no registrado en el Registro Civil, en el estado Boliviano a momento de la suscripción de la escritura pública Nº 1820 de 21 de octubre de 1998 surte efectos legales o no contra el Banco Nacional de Bolivia, resultando por ello la resolución de Segunda Instancia incongruente en su contenido, encontrando en el hecho de no existir fundamento alguno sobre el tema central de la litis en la Resolución de Alzada, la imposibilidad para que este Tribunal de casación entre a realizar un análisis de fondo del proceso