Auto Supremo AS/0766/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2016

Fecha: 28-Jun-2016

De igual forma el A

Producida la renovación tácita del contrato o la denominada tacita reconducción del contrato, los alcances del nuevo contrato convenido, se aplican en las mismas condiciones que su predecesor. ”
De igual forma el A.S. 204/2015 de fecha 27 de marzo, señala: “A tiempo de responder al Recurso de fondo es necesario realizar algunas precisiones conceptuales inmersas en este proceso. “El contrato de arrendamiento consiste en que una persona llamada arrendador concede a otra llamada arrendataria el goce temporal sobre la utilidad que producen las cosas muebles e inmuebles, corporales e incorporales a cambio de un canon de arriendo que generalmente se lo estipula en una suma de dinero y que es proporcional al tiempo que dura dicho goce”. De acuerdo a la noción del Código Civil en el art. 685 “El arrendamiento es el contrato por el cual una de las partes concede a la otra el uso o goce temporal de una cosa mueble e inmueble a cambio de un canon”