Auto Supremo AS/0766/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Expresa que el recurso de apelación jamás menciona que la suma de 26

Señala que no se tomó en cuenta que se hizo el deposito por lo suma de $us. 26.000 que está a fs. 23, es decir, que cumplió totalmente con el pago del prestado indicado, y no era en ningún momento ese monto era un adelanto de alquileres
Expresa que el recurso de apelación jamás menciona que la suma de 26.000 $us. no era un préstamo, dando el Auto de vista un alcance errado a lo establecido en el contrato de arrendamiento, dando a entender que hubiera sido un adelanto de alquileres, y el hecho de afirmar que no se pagó el alquiler porque no se entregó la factura, es erróneo toda vez que el demandado se debió apersonarse a su domicilio y pagar y recién ser entregada la factura es un fundamento erróneo, y su persona iba a entregar la factura debido a que cuenta con NIT conforme se ve del certificado de fs. 175, en si acusa la vulneración del art. 568 del C.C.