Continúa aclarando que se canceló el aguinaldo de la gestión 2008 conforme se adjunta en
Continúa aclarando que se canceló el aguinaldo de la gestión 2008 conforme se adjunta en la papeleta de depósito realizado en el fondo financiero privado FIE.S.A por la suma de Bs.1.683 Asegura que los Vocales no valoró correctamente las pruebas aportadas por la empresa, violando el art. 397 del Código Procedimiento Civil
- VISTOS: El recurso de Casación en el Fondo de fs
- A este efecto se emite el Auto Nº 18 de 9 de mayo de 2016
- Refiere que el Auto recurrido en su quinto considerando indica que la juez A-quo presumió
- Afirma que el demandante nunca trabajó horas extras ni tampoco días feriados, nunca rindió cuentas
- Continúa aclarando que se canceló el aguinaldo de la gestión 2008 conforme se adjunta en
- Mediante Auto Supremo Nº 122-A de 1 de junio de 2016, cursante a fs
- Analizado el contenido del recurso, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos en
- Ambos incisos establecen claramente en su última parte “salvo prueba en contrario”
- En tal sentido y en aplicación del Decreto Supremo No
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
