Auto Supremo AS/0260/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0260/2016

Fecha: 25-Jul-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo

Sobre el depósito efectuado por el empleador a fs. 130.-
Como se ha podido advertir a fs. 130 se encuentran dos papeletas de depósito del Fondo Financiero Privado Fie, consignadas a nombre del Sr. Durán Rony Moshe la primera fechada el 12 de diciembre por un monto de Bs. 2.000 (sueldo noviembre) y la segunda fechada el 18 de diciembre por un monto de Bs. 1.683.- que se señala como Aguinaldo.
Bajo estos parámetros se concluye ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs. 294 a 295 en consecuencia observando la disposición transitoria sexta de la Ley Nº 439, corresponde resolver el presente recurso aplicando lo dispuesto en el art. 220 IV del Nuevo Código Procesal Civil y por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA EN PARTE el recurso interpuesto por la Empresa “Grupo de Seguridad y Auxilio GAS”, contra el Auto de Vista Nº 48/2016 de 4 de abril de 2016, cursante de fs. 282 a 291 pronunciado por la Sala Social Seguridad Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Única del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, disponiéndose en el fondo que la entidad demandada cancela a favor del actor la suma de Bs.7.997,20 (Siete mil novecientos noventa y siete 20/100 Bolivianos), más actualizaciones y multas de ley a calcularse en ejecución de fallos