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    Auto Supremo AS/0504/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0504/2016-RRC

    Fecha: 04-Jul-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2015, María Cristina Méndez Hervas de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 61 de 14 de mayo de 2015 (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, los representantes del Ministerio Público (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 217/2016-RA de 21 de marzo,
    • La recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido habría revalorizado prueba, por revisar cuestiones
    • Se acusa además que el Auto de Vista recurrido, no indica de donde deduce que
    • I.1.2. Petitorio
    • La recurrente solicita se declare admisible su recurso y se case el Auto de Vista
    • I.2. Admisión del recurso
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 61 de 14 de mayo de 2015, el Tribunal Quinto de Sentencia del
    • En el acápite V de la Sentencia, intitulado como “Hechos identificados y no probados”, se
    • Con lo relatado y la prueba técnica medica profesional, a decir del Tribunal de Sentencia,
    • II.2. De la apelaciones restringidas
    • II.2.1. De los representantes del Ministerio Público
    • En cuanto, al motivo traído en casación se tienen los siguientes agravios demandados en el
    • De igual manera en el recurso se efectuó la descripción de lo declarado por los
    • II.2.2. Del acusador particular
    • Denunció la vulneración de los incs
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • En el considerando V del Auto de Vista recurrido el Tribunal de alzada luego de
    • “Que de acuerdo a la nueva concepción doctrinaria la apelación restringida es el medio legal
    • Conclusivamente, `En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada se incline por anular parcialmente
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Ahora bien, ingresando al examen del Auto de Vista impugnado, se tiene que en cuanto
    • Es decir, al haber establecido el Tribunal de Alzada que el Tribunal de Sentencia pronunció
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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