Auto Supremo AS/0523/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2016-RA

Fecha: 13-Jul-2016

En cuanto, al punto iii) del presente motivo, donde el recurrente denuncia Valoración defectuosa de


En cuanto, al punto iii) del presente motivo, donde el recurrente denuncia Valoración defectuosa de la prueba, toda vez, que la sentencia al declararlo autor de la comisión del delito de Sociedades o Asociaciones Ficticias no habría aplicado la sana crítica; sobre este punto, no invocó precedente contradictorio alguno, en consecuencia no cumplió con la carga procesal de exponer en qué consiste la contradicción en que habría incurrido el Tribunal de alzada respecto de algún precedente, aspecto que impide a este Tribunal Supremo realizar la labor que le encomienda la ley, sin que la omisión en el que incurrió el recurrente pueda ser suplido de oficio