i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- Por memorial presentado el 19 de mayo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Windsor Goitia Chappy y Karel Patricia Olmos Rivera
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista, el 12 de mayo de
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Finalmente refiere, que el último punto de la Resolución recurrida alegó que los Autos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se tiene, que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, en cuanto al primer motivo, en el que refiere que ante su denuncia
- Respecto al segundo motivo, en el que denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en
- Ahora bien, respecto a los puntos i) y ii) de este motivo, donde refiere el
- En cuanto, al punto iii) del presente motivo, donde el recurrente denuncia Valoración defectuosa de
- En consecuencia, ante el evidente incumplimiento de la segunda parte del art
- Finalmente, en el tercer motivo, en el que refiere, que la Resolución recurrida en su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
