Ahora bien a los fines de establecer el cumplimiento o no de los demás requisitos
Ahora bien a los fines de establecer el cumplimiento o no de los demás requisitos de formalidad del recurso motivo de análisis, es de tener presente que la labor de este Tribunal Supremo de Justicia se encuentra restringida a efectuar un control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, siempre en correlación a las actuaciones realizadas por el Tribunal de alzada, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilizan la admisibilidad del recurso de casación, en los que se dispone que este medio de impugnación procede para refutar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia, antes Cortes Superiores y Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y precisos la supuesta contradicción entre los argumentos del Auto de Vista; y, los contenidos en el precedente contradictorio invocados en el recurso de apelación restringida, en consecuencia corresponde verificar si en la formulación de los tres agravios traídos en casación se cumplieron con los parámetros requeridos para disponer su admisibilidad
- Por memorial presentado el 23 de mayo de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Lorena Azad Bucett, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 16 de mayo de 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Haciendo referencia al ilícito condenado y al argumento doctrinal –Kelsen- respecto a que todo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 16 de mayo de 2016, fue
- Ahora bien a los fines de establecer el cumplimiento o no de los demás requisitos
- En cuanto al primer agravio referido a la vulneración al principio de continuidad establecido en
- Respecto del segundo agravio, relativo a la incorrecta consideración sobre persona en cuanto a la
- Finalmente las falencias advertidas en el planteamiento del presente agravio, no pueden ser suplidas de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
