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    Auto Supremo AS/0545/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0545/2016-RRC

    Fecha: 15-Jul-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de enero de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 009/2014 de 16 de mayo (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Marianela Garnica Aranibar interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 236/2016-RA de 21 de marzo,
    • 1) La recurrente alega en el acápite intitulado: “I
    • 2) Denuncia errónea aplicación en la tipificación de los delitos previstos en los arts
    • Como corolario, asevera que los referidos presupuestos y requisitos señalados no se adecuaron a su
    • I.1.2. Petitorio
    • La recurrente solicita que se disponga la existencia de contradicción entre el Auto de Vista
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por Sentencia 009/2014 de 16 de mayo, la Jueza Primero de Sentencia Penal del Tribunal
    • b) Con relación al delito Despojo, la prueba conocida en audiencia fue suficiente para demostrar
    • c) Respecto del delito de Abuso de Confianza, hizo mal uso de la confianza que
    • Contra la precitada Sentencia, la imputada Marianela Garnica Aranibar interpone recurso de apelación restringida; argumentando
    • ii) Asimismo, señala que la incorrecta valoración de la prueba alcanza a la inspección ocular
    • iii) En cuanto a la declaración presentada en el juicio oral, manifiesta que respecto del
    • iv) En cuanto al hecho se advierte haberse demostrado y establecido que en septiembre de
    • v) Respecto del delito de Abuso de Confianza previsto y sancionado por el art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • a) Con relación al defecto de Sentencia establecido en el art
    • b) Sobre la supuesta defectuosa valoración de la prueba, se alega también de manera reiterativa
    • c) Una situación dada, es que falte la fundamentación probatoria intelectiva, cuando el Juez o
    • En el presente recurso de casación se denuncia: 1) Que tanto el Tribunal de Sentencia
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
    • Orlando A
    • Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
    • III.3. Valoración de la prueba
    • En la emisión de la Sentencia, el Juez o Tribunal tomará en cuenta que los
    • En referencia a lo señalado el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005,
    • Asimismo, debe tomarse en cuenta que la labor de valoración de la prueba en los
    • III.4. Labor del Tribunal de alzada respecto a la correcta valoración de la prueba
    • La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
    • Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
    • III.5. Principio de presunción de inocencia
    • En cuanto a la presunción de inocencia, el art
    • Al respecto, el Auto Supremo 055/2012-RRC de 4 de abril, señaló: “La presunción de inocencia,
    • Esta garantía, es la que inspira al proceso penal de un Estado democrático de derecho,
    • Debe añadirse que la vulneración del debido proceso, del que es elemento el principio-garantía de
    • En resumen, para que dicha garantía sea vulnerada y merezca un reparo procesal, se deberá
    • En ese sentido, el Auto Supremo 426/2014 de 28 de agosto, refirió que: “El principio
    • El derecho a la presunción de inocencia comprende: el principio de libre valoración de la
    • No obstante el desarrollo del derecho fundamental a la presunción de inocencia, es pertinente sentar
    • III
    • En el caso de autos, de la revisión de los antecedentes venidos en casación, se
    • Al respecto, la recurrente invoca el Auto Supremo 373 de 6 de septiembre de 2006,
    • En el caso de autos, la recurrente denuncia que la Sentencia y el Tribunal de
    • Por lo expuesto, no existiendo una situación de hecho similar entre el motivo traído en
    • Con relación a este motivo, la recurrente denunció la inobservancia del principio de objetividad y
    • Por otro lado, con relación a la supuesta defectuosa valoración de la prueba, la recurrente
    • En ese sentido, pese a la explicación clara y concreta otorgada en el Auto de
    • Por lo referido, también se establece con relación al principio de presunción de inocencia, que
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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