Auto Supremo AS/0549/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2016-RRC

Fecha: 15-Jul-2016

II.2. De la apelación restringida


Por Sentencia de 26 de junio de 2015 (fs. 624 a 630), el Juez Segundo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declara al imputado Guillermo Balderrama Durán, absuelto de pena y culpa de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP, señalando que la prueba pericial presentada en el proceso no puede ser valorada para la emisión de una condena, ya que de la revisión de la misma se tendría que fue obtenida o efectuada cuando todavía era parte del proceso penal el Ministerio Público, pero al haberse efectuado la conversión de la acción penal todos esos actuados dejan de existir y en todo caso el querellante debió convocar también al perito para que se presente en juicio y eleve su respectivo informe o ratifique la pericia realizada, por lo que al no haber sucedido de esa forma, la pericia resulta incompleta y no surte efectos para fundar una sentencia condenatoria.

II.2. De la apelación restringida