Auto Supremo AS/0549/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2016-RRC

Fecha: 15-Jul-2016

Ingresando al análisis de la problemática planteada a través del recurso de casación interpuesto por


Ingresando al análisis de la problemática planteada a través del recurso de casación interpuesto por la parte imputada, se evidencia que el Tribunal de apelación en el considerando III del Auto de Vista impugnado, desarrolla y sienta las bases sobre las que resolverá el recurso de apelación restringida formulado por la parte querellante, estableciendo de manera por demás clara que la alzada no se constituye en un medio jerárquico para revalorizar prueba o revisar cuestiones de hecho que hacen a los jueces y Tribunales de inferiores, afirmación sustentada en el Auto Supremo 317 de 13 de junio citado por dicho Tribunal en el considerando IV del Auto de Vista recurrido; a consecuencia de lo expresado anteriormente y en cumplimiento a su competencia en el considerando VI, procede a efectuar la labor de control legal sobre la valoración probatoria, identificando como pruebas defectuosamente valoradas e incluso no valoradas: 1) La minuta de transferencia supuestamente falsa; 2) El formulario de reconocimiento de firmas; 3) La ficha kardex de identificación; y, 4) El peritaje obtenido a través de un requerimiento fiscal, observando que el juez de mérito no procedió a efectuar una valoración intelectiva positiva o negativa que permita determinar cuál el valor asignado y cómo se sustenta la decisión asumida en primera instancia al no precisarse cuáles fueron las pruebas consideradas como insuficientes para no generar plena convicción en el Juzgador sobre la culpabilidad del acusado