Auto Supremo AS/0859/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0859/2016

Fecha: 20-Jul-2016

También expresan que en el punto 6 del Auto de Vista, nuevamente se incurre en

Señalan que en los puntos 3, 4 y 5 el Ad quem vuelve a interpretar la ley de manera equivocada manifestando que la transferencia que se demanda la nulidad es una simulación relativa y no así absoluta, y la confusión versa sobre la confusión de dos figuras distintas y transcribe parte del Auto Supremo Nº 046/2012 de 7 de marzo y refiere que la simulación es absoluta manifestando que de acuerdo a la prueba de fs. 14 a 22 la simulación es absoluta.
También expresan que en el punto 6 del Auto de Vista, nuevamente se incurre en violación e interpretación errónea e indebida de la ley, al señalar que Benedicta Lorenza Acho de Escobar, carece de acción para demandar la nulidad de la Escritura Pública, invocando su propia simulación, empero de ello el simulador puede demandar la nulidad cuanto existe contradocumento y describe el auto Supremo Nº 125/2013 de 11 de marzo