Por otra parte en cuanto a la acusación de que el predio no se encuentre
Por otra parte en cuanto a la acusación de que el predio no se encuentre dentro del radio urbano, corresponde señalar que el recurrente no acredita con prueba documental y actualizada que el predio objeto de la usucapión no se encuentra dentro del radio urbano o que al momento de la posesión -que describió la actora- dicho predio continuaba siendo un predio rustico; sobre este punto el recurrente en forma superflua refiere que por “las certificaciones existentes” se demostraría que en la gestión de 1994 el predio era un fundo rustico, sin describir con precisión el medio de prueba que sustente su postura
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Resolución de primera instancia es objeto de apelación en base al cual, se emite
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Respuesta al recurso de casación
- La ubicación del inmueble es necesaria para el ejercicio o defensa del derecho a la
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte en cuanto a la acusación de que el predio no se encuentre
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo: Rómulo Calle Mamani.
