Auto Supremo AS/0911/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0911/2016

Fecha: 27-Jul-2016

De todo lo anotado, se puede concluir que la parte recurrente no ha observado


De todo lo anotado, se puede concluir que la parte recurrente no ha observado en el momento procesal oportuno y una vez más, ese su derecho de impugnar u observar actos procesales sustanciados en primera instancia ha precluido y convalidado por no activar los mecanismos adecuados destinados a cuestionar la validez o no de la prueba testifical de cargo, debiendo tomarse en cuenta que la preclusión opera a la conclusión de etapas y vencimiento de plazos, pues toda nulidad por el consentimiento expreso o tácito, por principio de convalidación