Auto Supremo AS/0083/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2016

Fecha: 10-Ago-2016

No consta que la Sentencia de Divorcio D 215581 de fecha 20 de diciembre de


Que no fuera incompatible con otra pronunciada con anterioridad o simultáneamente por un Tribunal boliviano.

No consta que la Sentencia de Divorcio D 215581 de fecha 20 de diciembre de 2001, pronunciada por el Tribunal Superior de California, Condado de Ventura – Estados Unidos, que aprueba el acuerdo de Resolución Matrimonial de fecha 9 de julio de 2001, cursantes en obrados de Fs. 2 a 18 y de 76 a 116, sea incompatible con sentencia anterior que tenga autoridad de cosa juzgada, ni que se encuentre pendiente, ante los Tribunales bolivianos, un juicio sobre el mismo objeto y entre las mismas partes, es más por el Certificado de Matrimonio de fojas. 19, se evidencia que el matrimonio disuelto en California, Condado de Ventura, Estados Unidos, se encuentra vigente en Bolivia y que no se canceló la partida de matrimonio