CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 244 a 247, interpuesto por Rafael Gutiérrez Aliaga, contra el Auto de Vista Nº 13/2016 de 17 de febrero, cursante de fs. 240 a 242 vta., emitido por la Sala Contenciosa, Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; dentro del proceso laboral seguido por Rafael Gutiérrez Aliaga, contra María Lilian Manzaneda Espinoza, el auto de fs. 249 vta., que concedió el recurso, los antecedentes procesales y
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Potosí, pronunció la Sentencia Nº 11/2015 de 26 de febrero, cursante de fs. 196 a 199, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la parte demandada, cancele a favor del actor, la suma de Bs. 864, por concepto de salarios devengados de dos meses y 10 días
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 244 a 247, interpuesto por Rafael Gutiérrez Aliaga, contra el Auto de Vista Nº 13/2016 de 17 de febrero, cursante de fs. 240 a 242 vta., emitido por la Sala Contenciosa, Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; dentro del proceso laboral seguido por Rafael Gutiérrez Aliaga, contra María Lilian Manzaneda Espinoza, el auto de fs. 249 vta., que concedió el recurso, los antecedentes procesales y
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Potosí, pronunció la Sentencia Nº 11/2015 de 26 de febrero, cursante de fs. 196 a 199, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la parte demandada, cancele a favor del actor, la suma de Bs. 864, por concepto de salarios devengados de dos meses y 10 días
- Auto Supremo Nº 229/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-PTS.096/2016
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por el demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Sostuvo que, al emitirse el fallo de segunda instancia, solo se basó en la prueba
- En este sentido, señaló lo referente al salario, citando lo previsto en los arts
- Respecto al retiro indirecto expresó que, es la situación en que es colocado un trabajador
- Sobre el desahucio, manifestó lo previsto en el art
- Otro aspecto que crea susceptibilidad e indefensión es que, tanto el a quo como el
- Adujo que, la prueba de descargo fue producida después de más de un año, por
- Las apreciaciones vertidas en el auto de vista recurrido, indicando que el actor sería el
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo
- Sobre el tema, analizado los antecedentes procesales, se evidencia que el actor manifiesta en su
- En este contexto, analizado el auto de vista recurrido, se evidencia que, el tribunal ad
- En este contexto, cabe establecer que para la procedencia del pago del desahucio, el único
- Realizado el análisis a la normativa descrita precedentemente, vigente a tiempo de producirse la desvinculación
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso,
- POR TANTO: La Sala La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
