Auto Supremo AS/0229/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0229/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Consiguientemente y en merito a lo expuesto, siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso,

Por otra parte, al haberse evidenciado que, al actor solamente le pagaban como salario mensual la suma de Bs. 500.-, corresponde, el pago del desahucio y sus salarios devengados por el tiempo de dos meses y 10 días, en base al salario mínimo nacional de Bs. 1.200.-, conforme se estableció en el art. 10 del DS Nº 1549 de 10 de abril de 2013.
Consiguientemente y en merito a lo expuesto, siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en los artículos 271.4) y 274 del CPC, aplicables por mandato del artículo 252 del CPT