Auto Supremo AS/0234/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2016

Fecha: 03-Ago-2016

En cuanto al régimen de la apelación en el efecto diferido, la Ley de Abreviación

En cuanto al régimen de la apelación en el efecto diferido, la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar, a través de su art. 23, incorpora como nuevo capítulo al Código de Procedimiento Civil, el régimen de la apelación en el efecto diferido, la que figura como: “Capítulo VI, Título IV del Libro Primero, después del Capítulo V de Apelación en el Efecto Devolutivo”, estableciendo en el art. 24 de la LAPCAF, que éste es procedente contra los autos interlocutorios que resolvieren excepciones previas, incidentes y resoluciones relativas a la proposición, producción, denegación y diligenciamiento de la prueba, y en general contra las resoluciones que no cortaren el procedimiento ulterior