Manifiesta que, la resolución recurrida, incurre en un grave error al confirmar el rechazo de
Respecto al recurso de casación en el fondo.-
Manifiesta que, la resolución recurrida, incurre en un grave error al confirmar el rechazo de la excepción de prescripción, pues no considera que lo que prescribe es la deuda y no la nota de cargo, efectuando un análisis errado al considerar las fechas de las notas de cargo y no el momento en que se originó la deuda
Manifiesta que, la resolución recurrida, incurre en un grave error al confirmar el rechazo de la excepción de prescripción, pues no considera que lo que prescribe es la deuda y no la nota de cargo, efectuando un análisis errado al considerar las fechas de las notas de cargo y no el momento en que se originó la deuda
- Auto Supremo Nº 269/2016
- Sucre, 23 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ.402/2015
- Distrito: Chuquisaca
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- Que, contra el referido auto de vista, Bernardo Agustín Navas Mirabal, interpuso el recurso de
- Manifiesta que, la resolución recurrida, incurre en un grave error al confirmar el rechazo de
- Que el Tribunal de Alzada realizó una errada interpretación del art
- Asimismo indicó que también el Tribunal de Apelación incurrió en error cuando sustentó su
- Concluye el memorial solicitando al Tribunal Supremo, para que “…en su momento se sepa
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Por su parte el art
- Ahora bien, en la resolución del recurso, se hace necesario considerar que el Auto motivado
- De la cita legal precedente, se establece que la norma indica en términos claros cuales
- Dicho de otro modo, si el excepcionista niega poseer legitimación pasiva pasa ser parte
- Finalmente, el fundamento precedente, permite afirmar que el recurso en estudio tanto en la forma
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
