Auto Supremo AS/0289/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0289/2016

Fecha: 25-Ago-2016

Culmina señalando que la recurrente no especifica ni fundamento porque se hubiera afectado algún derecho

Asimismo, no demostró el abandono de trabajo ni la interrupción que alega, en suma, no habiendo cumplido lo dispuesto por el art. 48-II de la PCPE referida a la inversión de la prueba y no habiendo desvirtuado los extremos de la demanda en cuya virtud prima el principio de continuidad corresponde el reconocimiento de los derechos de la actora por todo el tiempo trabajado
Culmina señalando que la recurrente no especifica ni fundamento porque se hubiera afectado algún derecho o cual la norma erróneamente aplicada