La actora, legalmente representada por Alejandro Reynaldo Villarreal Nava, con memorial de 111 a 113,
I.3 Petitorio
Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, Anule o Case el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque la Sentencia de primer grado en cuanto al monto de la obligación demandada debiendo establecer la misma de acuerdo al acta de fs. 40 de obrados.
I.4. Respuesta al recurso de casación
La actora, legalmente representada por Alejandro Reynaldo Villarreal Nava, con memorial de 111 a 113, responde señalando respecto de la documental de fs. 40 que los derechos y beneficios reconocidos a favor de las trabajadoras por mandato del art. 48 de la CPE no pueden renunciarse y son nulas las convenciones que tiendan a burlar sus efectos, que el acuerdo arribado en el Ministerio del Trabajo implicaba pérdida y renuncia de derechos sociales de la trabajadora en consecuencia no puede ser considerado
Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, Anule o Case el Auto de Vista y deliberando en el fondo revoque la Sentencia de primer grado en cuanto al monto de la obligación demandada debiendo establecer la misma de acuerdo al acta de fs. 40 de obrados.
I.4. Respuesta al recurso de casación
La actora, legalmente representada por Alejandro Reynaldo Villarreal Nava, con memorial de 111 a 113, responde señalando respecto de la documental de fs. 40 que los derechos y beneficios reconocidos a favor de las trabajadoras por mandato del art. 48 de la CPE no pueden renunciarse y son nulas las convenciones que tiendan a burlar sus efectos, que el acuerdo arribado en el Ministerio del Trabajo implicaba pérdida y renuncia de derechos sociales de la trabajadora en consecuencia no puede ser considerado
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra la referida Sentencia, ECOFITSEM, formuló recurso de apelación (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, con los fundamentos
- Asegura que la consultora cerró por quiebra como lo reconoce la demandante
- Asimismo, señala que el art
- La actora, legalmente representada por Alejandro Reynaldo Villarreal Nava, con memorial de 111 a 113,
- En cuanto a la prima, señala que la empleadora nunca justificó sus pérdidas, al no
- Culmina señalando que la recurrente no especifica ni fundamento porque se hubiera afectado algún derecho
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia confirme totalmente el Auto de Vista recurrido
- Que, así formulado el recurso de casación en el fondo y la forma, la respuesta
- En base a la normativa anotada, la doctrina y la abundante jurisprudencia de éste Tribunal,
- Lo anotado se encuentra vinculado estrechamente al principio de legalidad como una garantía del derecho
- El recurso de casación motivo de autos fue presentado el 10 de diciembre de 2015,
- En ese marco, de la lectura del recurso en examen se constata que la Empresa
- Consecuentemente, no existe en el recurso de casación en examen la fundamentación de derecho en
- Por lo expuesto, habiéndose incumplido la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
