Auto Supremo AS/0578/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0578/2016-RA

Fecha: 03-Ago-2016

El art


3) Refiere aspectos relativos a la fundamentación del Auto de Vista el cual invocó la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia para establecer que es una premisa consolidada que todo Auto de Vista se encuentre debidamente fundamentado, aspectos doctrinales que a criterio del recurrente fueron violentados por dicha resolución ahora impugnada; por ese motivo, el recurrente afirma que existe contradicción con el Auto de Vista y el precedente invocado Auto Supremo 12/2012 de 30 de enero.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP