Por memorial presentado el 29 de marzo de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 594/2016-RRC
Sucre, 10 de agosto de 2016
Expediente: Chuquisaca 9/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Clemente Durán Molina
Delito: Abuso Sexual
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de marzo de 2016, cursante de fs. 211 a 216, Clemente Durán Molina, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 115/2016 de 14 de marzo de fs. 203 a 208 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, integrada por los Vocales Hugo Bernardo Córdova Eguez y Elena Esther Lowenthal Claros, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Margarita Medrano Maturano en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 inc. a) y b) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 594/2016-RRC
Sucre, 10 de agosto de 2016
Expediente: Chuquisaca 9/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Clemente Durán Molina
Delito: Abuso Sexual
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de marzo de 2016, cursante de fs. 211 a 216, Clemente Durán Molina, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 115/2016 de 14 de marzo de fs. 203 a 208 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, integrada por los Vocales Hugo Bernardo Córdova Eguez y Elena Esther Lowenthal Claros, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Margarita Medrano Maturano en contra del recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 inc. a) y b) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de marzo de 2016, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Clemente Durán Molina (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 407/2016-RA de 24
- 1) Con relación a la nulidad del cuarto motivo de su recurso de apelación restringida,
- 2) El Tribunal ad quem incurrió en defecto absoluto, al no otorgar el trámite que
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 407/2016-RA de 24 de mayo, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Por Sentencia 52/2015 de 17 de septiembre, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
- El acusado al haber tocado las partes íntimas a un menor de edad, atentó contra
- Respecto a la conducta descrita en el art
- II.2. De la apelación restringida interpuesta por el acusado
- Contra la referida Sentencia, el imputado Clemente Durán Molina, interpone recurso de apelación restringida, que
- 3) Alega defecto de la Sentencia que contraviene el art
- La Sentencia no especifica a que numeral del art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista
- Luego de transcribir la parte pertinente del numeral 5 FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA del único considerando de
- El recurso de casación de Clemente Durán Molina, fue admitido ante la concurrencia de
- III.1. Toda resolución judicial debe encontrarse debidamente fundamentada y motivada
- En coherencia con las normas constitucionales citadas y la doctrina descrita, el legislador estableció en
- III.2. Análisis del caso concreto
- Conforme se evidencia del Auto Supremo de Admisibilidad, este Tribunal admitió dos motivos del recurso
- En síntesis la parte recurrente, denuncia que el Tribunal de alzada incumplió la aplicación del
- De la revisión del Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de alzada
- Por otra parte, el Tribunal de apelación, también realizó un correcto control de legalidad, respecto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
