Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal, es aquel en el que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: 1) Que el fin último del derecho es la justicia; 2) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente; 3) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115.II de la CPE, el Estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, 4) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)
- Por memorial presentado el 23 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Luis Gerardo Victoria Castro, interpuso recurso de apelación
- c)Por diligencia de 15 de junio de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El recurrente aduce que, con relación al primer motivo de apelación restringida, sobre la
- 3) Con relación al segundo motivo de apelación restringida, consistente en errónea aplicación de la
- De igual manera el Auto Supremo 384 de 26 de septiembre de 2005; a cuyo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Ahora bien, respecto al primer motivo de casación, en el que el recurrente de manera
- Con relación al segundo motivo, en el que el impugnante aduce que el motivo de
- Al respecto, se advierte que el recurrente se limita a invocar doctrina legal a efectos
- En cuanto al tercer motivo de casación, en el que el recurrente aduce que sobre
- Adicionalmente a la falencia anotada, se advierte que el Auto Supremo 474 de 8 de
- Finalmente, en cuanto al cuarto motivo de casación, el recurrente asevera que sobre su denuncia
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
