Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0920/2016
Fecha: 03-Ago-2016
Distrito: Potosí
Distrito: Potosí
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Enriquez Molina y
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Proceso: Ordinario sobre anulabilidad de documento de compra venta
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Distrito: Potosí
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Señala que, conforme al testimonio de declaratoria de herederos, Sonia Ramos Villalba e hijos, a
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Agrega que, la acción de anulabilidad de documento de trasferencia solo alcanzaría a los intervinientes
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Refiere que, la nulidad tendría que estar claramente establecida por la ley lo contrario causaría
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Con esos argumentos solicita al Tribunal admitir el recurso de casación, elevarlo ante el superior
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A su vez, por memorial de fs
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Asimismo, por memorial de fs
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En definitiva, la Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorpora
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II. “La preclusión opera a la conclusión de las etapas y vencimiento de plazos”
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Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
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IV.- DE LA FUNDAMENTACIÓN
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Bajo ese antecedente, cuando de una nulidad procesal se trata, el juzgador deberá verificar esencialmente
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En ese entendido, en el caso de autos, corresponde señalar que el criterio del Ad
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Si bien la Ley faculta a los jueces y tribunales actuar de oficio en determinados
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Habiéndose detectado vicio de procedimiento en el Auto de Vista que conlleva la resolución del
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En consecuencia, corresponde resolver, el recurso de casación de acuerdo a las previsiones contenidas en
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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En cumplimiento del art
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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